TEMA 1. PRINCIPALES CAMBIOS INSTAURADOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE 1991


Los principales cambios instaurados en 1991 se dieron con la Constitución del 4 de julio del mismo año. El periódico virtual El País (2011) recoge algunos de esos cambios:

Determina la igualdad religiosa dentro de los parámetros legales y constitucionales del territorio. Dicha libertad también se refleja en el ámbito de la educación religiosa y los efectos legales del matrimonio.
Herramienta para exigir ante los jueces la protección de los derechos fundamentales de los individuos que se encuentren vulnerados o amenazados.
Encargada recoger pruebas y acusar; desarrollar actividades concernientes con la acción penal y efectuar la indagación de delitos que lleguen a su conocimiento por intermedio de diferentes recursos.
Ejerce la guardia de la integridad y supremacía de la Constitución.
En momentos de anormalidad o emergencia, el Presidente de la República con plenas facultades, podrá emitir decretos con el fin de garantizar el orden nacional en el país.
Termina con la representación centralizada, dando pie a las elecciones populares de cargos Administrativos Gubernamentales con autonomía política y conducción de recursos.
Representación especial en el congreso por parte de las minorías étnicas.
Indica la diversidad lingüística y religiosa.
Declaración de igualdad entre hombres y mujeres, instaurando que no debe existir discriminación alguna. Se promueve la libre participación en la administración pública a la mujer.



Inventario de Derechos Fundamentales que son necesarios para la relación del Estado Social de Derecho.


Democracia participativa. Nuevos mecanismos de participación de actividad decisoria, además de la elección popular de los gobernantes.

Devuelve la figura de Vicepresidente. Para la reforma de la constitución de 1910 quedó eliminado el cargo de Vicepresidente, antes de 1991 a este se le conocía como designado con funciones presidenciales en ausencia temporal o definitiva. Regresa el cargo de Vicepresidente y con elección en voto popular para 1994, quedando referido que sus funciones las determina el Presidente de la República.

Elección Popular de gobernantes. En anteriores instancias hacían parte de recomendación política y sin votación popular.

Sistema de Salud. En 1993 fue firmada la Ley 100 que estableció el cuadro legal de la prestación de servicios de salud.

Independencia del Banco de la República. Entre sus funciones está el resguardar el poder adquisitivo de la moneda y control de la inflación, garantizando su autonomía.

Creación de la Defensoría del pueblo. Tiene como propósito impulsar la efectividad de los Derechos Humanos.  
Medio Ambiente. El Estado adquiere el compromiso de amparar las riquezas culturales y naturales, e infundir a los individuos del territorio la dimensión ecológica para la preservación y ambiente sano, como parte de derecho fundamental. En 1993 se firma la Ley 99 creando el Ministerio del Medio Ambiente.

Régimen de regalías. Se determina el ejercicio, distribución e inversión de los recursos de regalías.

Régimen de inhabilidades. Es el régimen de inhabilidades e incompatibilidades de los congresistas y miembros de las asambleas, concejos y juntas administradoras locales; tiene una transparencia, objetividad y legalidad.

Doble nacionalidad. El colombiano no pierde su nacionalidad por obtener otra extranjera.

Acción Popular. Busca amparar los derechos e intereses colectivos. Esta tuvo una reforma, ya que se perdió la esencia de la figura, puesto que el valor para hacerlas era muy costoso.

Moción de censura. Se concede al congreso el voto para establecer la salida de alguno de los ministros del ejecutivo, si ha dado manejo contrario al cargo asignado.

Nueva visión de familia. Como núcleo fundamental de la sociedad se tuvo en cuenta para la constituyente de 1991. Se le da un tratamiento especial, protección integral, buscando conservar las relaciones del núcleo en igualdad y paz.



TEMA 2. INICIATIVA, NORMAS Y REFORMAS CONSTITUCIONALES DE 1991


Iniciativa Legislativa

Esta es una iniciativa de derecho político donde unas personas, de acuerdo con las disposiciones normativas, presentan un proyecto de ley o acto legislativo de carácter nacional, a la Secretaria General de las Cámaras o las concernientes plenarias.

Como se describe en la Constitución Política en su Artículo 375, podrán presentar proyectos de acto legislativo: el 5% equivalente, -al menos-, del censo electoral actual de los ciudadanos; 10 miembros del Congreso y el 20% de los concejales o de diputados. Sus trámites tendrán lugar en dos periodos ordinarios y consecutivos, se deben aprobar en 8 debates, 4 en la primera vuelta (mayoría simple) y 4 en la segunda vuelta (mayoría absoluta).

La iniciativa popular se encuentra estipulada en la Ley 134 de 1994, en su Artículo 2, en el que se expresa que es el derecho político de un grupo de ciudadanos, que consiste en la proposición de Proyectos de ley y/o actos legislativos.

Para conocer más acerca de la Iniciativa Legislativa, se sugiere ver el siguiente video:
Marinella Calderon Pulgarin (02 de octubre de 2016). Iniciativa Legislativa y Normativa. Trabajo Universitario. [Archivo de Video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=XAd_dj9u4Q0    



Acto legislativo

Es la norma que expide el Congreso buscando reformar, adicionar o derogar todo lo que tenga que ver con la Constitución Política Colombiana.

Para conocer más acerca del Acto Legislativo, se sugiere ver el siguiente video:  
Convision Social (23 de mayo de 2015). Acto Legislativo. [Archivo de Video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=9kn5jufudIk    



Reformas Constitucionales

Las reformas constitucionales son las modificaciones de la Carta Magna en el territorio colombiano. Es un cambio que tiene como trasfondo acomodarse a las nuevas expectativas sociales en temas específicos, sin alterar la estructura ni los principios que constituyen el documento principal que dan cambios al ordenamiento al pasar de los años, desde el ingreso en vigencia de la constituyente de 1991. Las modificaciones clasificadas en los periodos presidenciales:

Figura 1. Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:C%C3%A9sar_Gaviria,_World_Economic_Forum_on_Latin_America_2009_(cropped).jpg

Presidencia 1991-1994 César Gaviria

- La ciudad de Barranquilla Distrito especial, industrial y portuario. Acto Legislativo 01 de 1993.
- Expedición de la Ley del Plan Nacional de Desarrollo, PND. Acto Legislativo 02 de 1993.
- A consecuencia de faltas temporales o absolutas de miembros de las corporaciones públicas se da la Suplencia a cargos en las corporaciones públicas. Acto Legislativo 03 de 1993.

Figura 2. Fuente: https://commons.wikimedia.org/wiki/File:ERNESTO_SAMPER_(29239586441).jpg

Presidencia 1994-1998 Ernesto Samper

- Participación de los municipios en los ingresos de la Nación. Acto Legislativo 01 de 1995.
- Estructura de cortes marciales o tribunales militares. (Justicia Penal Militar) Acto Legislativo 02 de 1995.
- Ordenamiento (corporaciones administrativas) de asambleas departamentales. Acto Legislativo 01 de 1996.
- Extradición, limitaciones por delitos específicos de Ley. Declara inexequible expresión “la ley reglamentará la materia”. Acto Legislativo 01 de 1997.

Figura 3. Fuente: https://es.m.wikipedia.org/wiki/Archivo:APA_en_2017.png

Presidencia 1998-2002 Andrés Pastrana

- Propiedad privada y expropiación mediante indemnización previa por motivaciones de provecho público o interés social determinados por el legislador. Acto Legislativo 01 de 1999.
- Bogotá como Distrito Capital y deja de ser Santafé de Bogotá. Acto Legislativo 01 de 2000.
- Derechos al deporte y a la recreación, gasto público social. Acto Legislativo 02 de 2000.
- Se estableció restricción a las apropiaciones autorizadas anualmente, al Sistema General de Participaciones. Acto Legislativo 01 de 2001.
- Se reconoce la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, CPI. Acto Legislativo 02 de 2001.
- Nacionalidad a hijos de colombianos en el exterior que se registren en el consulado o residan en el territorio. Acto Legislativo 01 de 2002.
- Periodos de cuatro años para Gobernadores, Alcaldes, Concejales y Ediles por elección popular, sin reelección. Acto Legislativo 02 de 2002.




Presidencia 2002-2010 Álvaro Uribe Vélez

*Reforma a la Fiscalía. Implementación gradual del sistema penal acusatorio. Acto Legislativo 03 de 2002.

*Reforma electoral al régimen de partidos. Cuatro artículos declarados inexequibles. Acto Legislativo 01 de 2003.

*Estatuto Antiterrorismo. Declarado inexequible. Acto Legislativo 02 de 2003.

*Pierden derechos políticos quienes hayan sido condenados en temas específicos. Acto Legislativo 01 de 2004.

*Reelección de la fórmula presidencial. Declara inexequibles facultades legislativas. Acto Legislativo 02 de 2004.

*Reforma pensional, para sostenibilidad financiera del sistema. Acto Legislativo 01 de 2005.

*Circunscripción internacional por elección de residentes en el exterior. Acto Legislativo 02 de 2005.

*La asignación de curules en la circunscripción territorial será directamente proporcional a la población nacional, es decir, tendrá en cuenta el crecimiento de la población, según lo determine el censo nacional. Acto Legislativo 03 de 2005.

*Modificación y ampliación a la moción de censura. Acto Legislativo 01 de 2007.

*Buenaventura distrito especial, industrial, portuario, biodiverso y ecoturístico. Declara inexequible apartes. Acto Legislativo 07 de 2007. *Incremento de Concejales Distritales. Acto Legislativo 03 de 2007.

*Transferencia de recursos públicos para población vulnerable a nivel nacional. Acto Legislativo 04 de 2007.

*Servidores públicos; se dictamina incorporar en carrera, sin concurso público, a funcionarios que ocupaban cargos de carrera y se hallaban en calidad de provisionalidad o encargo. Declarado inexequible. Acto Legislativo 01 de 2008.

*Reforma al régimen de partidos, para los partidos y miembros. Acto Legislativo 01 de 2009.

*Prohibición de dosis personal, de acuerdo con especificaciones de Ley. Acto Legislativo 02 de 2009.
Chania Figura 4. Fuente: https://es.m.wikipedia.org/wiki/Archivo:%C3%81lvaro_Uribe_V%C3%A9lez.png



Chania Figura 5. Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Juan_Manuel_Santos_2015.jpg

Presidencia 2010-2018 Juan Manuel Santos

*Conflictos de intereses en reformas Constitucionales. De acuerdo con el conflicto de interés, por las causales de pérdida de investidura por la participación en debate o votación de reformas constitucionales de los congresistas. Declarado inexequible. Acto Legislativo 01 de 2011. Se elimina la categoría constitucional a la Comisión Nacional de Televisión, CNTV, pero siguió encargada de temas estatales. Acto Legislativo 02 de 2011.

*Intervención del Estado en la Explotación de recursos naturales. Acto Legislativo 03 de 2011.

*Los trabajadores provisionales o de encargo buscaban la homologación del examen de conocimiento para el concurso público, por su experiencia laboral. Declarado inexequible. Acto Legislativo 04 de 2011.

*Regalías a favor del Estado por parte de la explotación de recursos naturales no renovables, que se encuentra determinado bajo normatividad legal.Acto Legislativo 05 de 2011.

*Facultades de la Corte Suprema de Justicia para juzgamientos específicos. Acto Legislativo 06 de 2011.

*Creación de la Justicia transicional y la comisión de la verdad. Acto Legislativo 01 de 2012.

*Reformas a la Justicia Penal Militar. Declarado inexequible. Acto Legislativo 02 de 2012.

*Se amplían los cargos para representantes en la Cámara, teniendo en cuenta los colombianos residentes en el exterior. Acto Legislativo 01 de 2013. Se ordena que tanto fiscales como jueces ordinarios y castrenses tengan formación en área de conflicto armado para el juzgamiento de militares. Acto Legislativo 01 de 2015.

*Equilibrio de poderes y reajuste institucional. Acto Legislativo 02 de 2015.

*Creación de la Jurisdicción Especial para la Paz. Acto legislativo 01 del 2017.

*Remplaza el acto legislativo para la Paz, dando estabilidad y seguridad jurídica al acuerdo final. Acto legislativo 02 del 2017.

*Regula parcialmente el componente de reincorporación política del acuerdo final para la paz. Acto legislativo 03 del 2017.

*Adición al Artículo 361 de la Constitución Política para el Procedimiento Especial de la Paz. Acto Legislativo 04 de 2017.

*Disposiciones del monopolio legítimo de la fuerza y el uso de las armas por parte del Estado. Acto Legislativo 05 de 2017.

*Doble instancia e impugnación en la primera sentencia condenatoria. Acto Legislativo 01 de 2018.

Las ciudades de Buenaventura y Tumaco se organizan como Distritos Especiales, industriales, portuarios, biodiversos y ecoturísticos. Acto Legislativo 02 de 2018.



Presidencia actual 2018 Iván Duque Márquez

Radicación de nuevos proyectos de actos legislativos del nuevo gobierno:

*Los delitos contra la Administración Pública sean imprescriptibles. Proyecto de Acto Legislativo 012 de 2018.

*En las listas de las corporaciones públicas haya igualdad de género, eliminar el voto preferente; dar los resultados de las consultas populares o internas con especificaciones para los candidatos y movimientos en la inscripción. Proyecto de Acto Legislativo 09 de 2018.

*Eliminar la conexidad del delito de secuestro y narcotráfico con el delito político. Proyecto de Acto Legislativo 072 de 2018.

*Que los servidores públicos muestren públicamente la declaración de renta, anualmente. Proyecto de Acto Legislativo 073 de 2018.

*Limitar a 3 periodos, a los miembros de las corporaciones públicas. (Congreso de la República, Asambleas Departamentales, Concejos Municipales, Juntas Administradoras Locales). Proyecto de Acto Legislativo 074 de 2018.
Chania Figura 6. Fuente: https://es.m.wikipedia.org/wiki/Archivo:Iv%C3%A1n_Duque.png



Conozca más sobre la radicación de proyectos del Gobierno Nacional en 2018, viendo el siguiente enlace:

Mininterior Colombia. (08 de agosto de 2018). El Gobierno Nacional radico iniciativas para la lucha la corrupción. [Archivo de Video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=iGY_AFy5g-4



TEMA 3. NOCIÓN DE DERECHO PÚBLICO EN EL CAMPO CONSTITUCIONAL





El derecho público es una rama del Derecho que se encarga de la relación entre el individuo y las entidades (carácter privado o público), contiene las leyes y normas de protección de los individuos, que tiene como objeto el cumplimiento del interés general en sociedad. En este apartado se describirán las generalidades dentro del Derecho público y se desarrollarán los conceptos de las áreas anexas como lo son: Derecho Constitucional, Historia Constitucional Colombiana y el Derecho Procesal Constitucional.


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Figura 7. Noción de Derecho Público en el campo Constitucional. Fuente: elaboración propia



Inventario de Derechos Fundamentales que son necesarios para la relación del Estado Social de Derecho.


Derecho Constitucional

Este proviene del derecho público que analiza, estudia e interpreta las leyes fundamentales del Estado. Este ordenamiento reglamenta las relaciones entre personas y entidades. Estudia el texto jurídico-político que contiene deberes, derechos y garantías; la separación tripartita del poder y finalmente al Estado. Concibe el análisis, estudio e interpretación critica de la jurisprudencia de la Corte Constitucional y temas asociados a la jurisdicción Constitucional en el territorio colombiano. Hace una retroalimentación constante en la línea judicial.  
Historia Constitucional Colombiana

Comprende la creación del Estado y sus circunstancias históricas, políticas y sociales al pasar de los años; desde la colonización hasta la consolidación de la Carta Magna del 91. Se toman en cuenta los cambios de constituciones que se dieron al pasar de los años, relacionados con la presencia de diferentes guerras civiles que reflejaban la desigualdad ideológica y política. El objetivo de la Carta Magna del 91 era atender a la necesidad de una sociedad de ver garantizados sus derechos -o en caso tal de que fueran vulnerados-, de poder exigirlos en pro de la consecución de una vida digna.



Derecho Procesal Constitucional